Buenos días: Los invitamos a ver nuestra propuesta de Salud Empresarial
MEDICINA LABORAL INTEGRAL
El porqué de una Medicina Laboral
La Empresa, de acuerdo a las leyes 19.587,7,229 y 24.557 con sus decretos reglamentarios, y debido a su interés en el bienestar de su personal, debe mantener un Programa de salud ocupacional que tenga como objetivo:
1°Descartar, mediante los elementos a su alcance, que sus ambientes y productos de elaboración estén libres de todo riesgo para la salud.
2°capacidad psicofísica sin riesgo para la salud, Determinar la de sus empleados para realizar las tareas que se le asignen y la del resto de los empleados de la Empresa.
3°Mediante la medicina preventiva, conservar y mejorar la salud de los integrantes de la Empresa tratar de y sus núcleos familiares respectivos.
4° Proveer de los medios asistenciales necesarios para el tratamiento de enfermedades profesionales, accidentes del trabajo y emergencias médicas.
Si estos son los objetivos de su empresa, coinciden con los de nuestra empresa, que mediante su departamento de Medicina Laboral le ofrece planes proyectados específicamente para cada cliente, según las necesidades y de acuerdo con la legislación vigente.
Paradójicamente los programas de salud con tan profundo contenido social trae aparejado una Reducción de Costospor un doble mecanismo
1)Directo:
Por disminución del ausentismo
2) Indirecto:
Por óptimo planeamiento de la producción y
mejoramiento de las relaciones humanas dentro
de la Empresa.
Servicios Brindados
Control de Ausentismo: A través del mismo, un profesional Médico determinará en el domicilio de su empleado, su real estado de salud, e indicará la fecha en la cual deberá reiniciar sus tareas.
Atención en Planta: Para las patologías de carácter no urgente como la manifestación por parte del empleado de una enfermedad inculpable, nuestros médicos acuden a su Empresa, lo atienden, lo medicarán, lo recetarán y aconsejarán un tratamiento , si es necesario.
Exámenes de salud
Examen de Ingreso: Los exámenes de ingreso tienen como propósito determinar la aptitud del postulante conforme sus condiciones psicofísicas para el desempeño de las actividades que se le requieran.
Su realización es de carácter obligatorio debiendo efectuarse de manera previa al inicio de la realización laboral. Es responsabilidad del empleador
Examen Periódico: Su objetivo es la detección precoz de afecciones producidas por aquellos agentes de riesgo a los cuales el trabajador se encuentra expuesto con motivo de sus tareas, con el fin de evitar el desarrollo de enfermedades profesionales.
Su realización es de carácter obligatorio cuando exista exposición a agentes de riesgo, debiendo efectuarse con la frecuencia establecida de acuerdo a estos agentes. La realización de estos exámenes es responsabilidad de la Aseguradora o empleador autoasegurado.
Examen Previo de transferencia de actividad: Este examen deberá efectuarse antes del cambio efectivo de tareas. Es de carácter obligatorio cuando dicho cambio implique el comienzo de una eventual exposición a agentes de riesgo, relacionados con las tareas anteriormente desarrolladas. La realización de estos exámenes es responsabilidad del empleador.
Cuando el cambio de tareas conlleve cese de la eventual exposición a los agentes de riesgo será de carácter optativo. La realización de este examen será responsabilidad del empleador autoasegurado.
Examen Posterior a Ausencias Prolongadas: tiene como propósito detectar las patologías eventualmente sobrevenidas durante la ausencia. Tiene carácter optativo, pero solo podrá efectuarse en forma previa al reinicio de las actividades del trabajador. La realización de este examen será responsabilidad de la aseguradora o empleador autoasegurado.
Examen de Egreso: tendrán como propósito comprobar el estado de salud frente a los elementos de riesgo a los que hubiere sido expuesto el trabajador al momento de la desvinculación.
Tienen carácter optativo y se llevarán a cabo entre los diez (10) días anteriores y los treinta (30) posteriores a la terminación de la relación laboral. La realización de éste será responsabilidad de la Aseguradora o empleador
autoasegurado.
Atención en Consultorios Externos: El empleado puede con su autorización atenderse ante una enfermedad inculpable en nuestros consultorios externos por médicos clínicos.
Exámenes Médicos: Le posibilita determinar la salud de un postulante ( examen de ingreso ), valorar anualmente la evolución de la misma ( examen periódico ) o realizar al finalizar la relación laboral (examen de egreso ) para constatar el estado del empleado.
PLAN DE MEDICINA LABORAL BASICO
- Médico Laboral en domicilio
- Consultas con Médico Clínico en Centro Médico
- Consultas con Especialistas en Centro Médico
- Exámenes Preocupacionales y de todo tipo
- Asesoramiento Legal especializado
- Desregulación de Obras Sociales
- Centros Médicos en Capital, San Justo, San Martín y Caseros
CONSULTAS:
4-699-2648/15-6-4183243
( Sr. Fabián )
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